Son miembros protectores del Club aquellas empresas que, previo convenio con el CGRRD, colaboran con su aportación en la financiación y mantenimiento de las diferentes actividades que se organizan. A partir de la fecha de la firma del convenio los miembros protectores tendrán derecho a:

  • Invitaciones para participar en reuniones y actos que se celebren, y aquellos que acuerde la Asamblea General, a propuesta del Consejo de Directivo, con un número determinado de miembros numerarios/individuales.

  • Participar en las Jornadas de Riesgo Anual e invitar a un número determinados de no miembros.

  • La inscripción de un máximo de personas de su entidad como miembros numerarios/individuales.

  • Hacer mención pública de su condición como Socio Protector del Club.
  • Beneficiarse de precios y condiciones especiales en todas las Actividades de Formación que el CGRRD ponga en marcha.

  • Presencia de marca y la mención pública de su cualidad de socio protector en todos actos que realice el CGRRD.

  • Entre otros.

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